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Cabudare y los cursos de agua en el siglo XIX


Hurgar la historia, interpretar documentos y relatar las crónicas, ha sido el espíritu que nos anima en esta nueva ocasión desde el Archivo Histórico Municipal de Palavecino, labor rigurosa, que en parte, será plasmada desde este generoso espacio que desde hoy llevará por dictado: Los Archivos de Palavecino, gracias a la gentil propuesta literaria de EL IMPULSO, decano de la prensa nacional, patrimonio larense que atesora y resguarda nuestro acervo histórico documental.

En un primer aporte para la naciente columna, destacamos un trabajo de investigación a partir de una fuente primaria documental que trata el vital tema del recurso hídrico en jurisdicción palavecinense, tema que entraña escenarios diversos con el fin único de beneficiar la economía de la región.


En ese contexto, para uso de las vertientes del río Turbio y quebrada Macuto, en un intento de normar la economía de riego, particularmente en el espacio bañado por los ríos Turbio y Yaracuy, fue tradición desde los tiempos de las comunidades aborígenes y haciendas explotadas por los españoles y sus descendientes, imponer una mayor necesidad de utilización del recurso agua.


A tal efecto, en el Archivo del Estado Lara, reposa la Ordenanza Nº 20 del 11 de diciembre de 1852, dictamen de la Diputación Provincial de Barquisimeto, en sus sesiones del 4 de ese mes y año, en tiempos de la administración de Martín María Aguinagalde, que habla del riego por acequias y su reglamentación para el uso colectivo.

En su articulado, la ordenanza hace alusión a afectación de la propiedad privada con la apertura de acueductos, bucos y acequias, así como indemnización y derecho común y preferente de las aguas, deberes específicos para el mantenimiento y limpieza de las correntías, haciendo referencia a las barriadas y fundos establecidos entre los cantones Barquisimeto y Cabudare.


En Cabudare se legisló al respecto

En torno a los bucos como sistema de riego, en Cabudare existió significativa legislación, reproduciendo el cargo de Juez de Agua, que era el encargado del reparto equitativo del recurso hídrico en los predios del distrito.


Entre el cúmulo de documentos del Archivo Histórico Municipal de Palavecino, con estimación de sobrepasar los 12 mil, reposa un dictamen de finales del siglo XIX, en donde el Concejo Municipal, norma el uso en el fértil Valle de Río Turbio, “el cual estaba surcado por extensas acequias”.


Con el título de Padrón para el Reparto de las Aguas de la Hoja Hidrográfica de Macuto, documento aprobado el 31 de octubre de 1895, da cuenta, entre otros datos de interés, que el buco Mayalero, para aquella remota época, “ya tenía más de 200 años en uso”.


El manuscrito está rubricado por el edil Martín Carreño, presidente del cabildo de Cabudare y Juan de Dios Meleán, como secretario de ese cuerpo legislativo local, y detalla el reglamento de uso, consideraciones, sistema de riego, su extensión, nombre de los fundos, situación espacial y el nombre completo de sus beneficiarios.


Expone que los canales eran alimentados por el río Turbio y la quebrada Macuto (río Claro), y según el acuerdo, el buco Mayalero o El Mayal, asistía a las haciendas Santa Elena, La Capilla, Papelón, San José y Barrancas, situadas en los sectores Carabalí, Bureche, Papelón, Mayal y Barrancas.


El buco Torrellero, alimentaba los sitios de Bureche y Barrancas; buco Peñero a Tarabana, Barrancas y Bureche; buco Duranero a Barrancas; buco Hondo a las haciendas Santa Rita, San Antonio, San Rafael, Barrancas, La Capilla, La Vega; Buco Alto a Bureche; y los bucos La Aduana y La Ceiba al sector Carabalí.


Dado en el local de las sesiones del Concejo Municipal del Distrito Cabudare a 31 de octubre de 1895.- Año 85° de la Independencia y 38° de la Federación.


Cúmplase y cuídese de su ejecución.- El jefe del distrito M López Juáres.- M C Ojeda.- Es copia fiel


El documento fue consignado ante la Oficina Principal de Registro del estado y en la “sesión ordinaria del lunes 11 de los corrientes (noviembre) los títulos a los agricultores” del Valle del río Turbio.


@LuisPerozoPadua

@ArchivoP


Fuente:

Archivo del estado Lara. Ordenanza Nº 20 del 11 de diciembre de 1852. Gaceta de Barquisimeto

Archivo Histórico Municipal de Palavecino Don Vidal Hernández Agüero

Archivo personal del investigador y cronista José Arnoldo Dávila

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